Como la opinión pública zahareña pudiera tener legítimas dudas sobre lo acaecido respecto a la compra o no de los terrenos sobre los que se ubica actualmente la fábrica de quesos. Intentaremos en breves líneas aclarar lo mejor posible la juricidad o no de dicha compra:
COPIA DE PARTE DEL INFORME DEL SECRETARIO-INTERVENTOR SOBRE LOS ACTOS RELACIONADOS CON LA COMPRA DE LOS TERRENOS:
De los hechos descritos, el secretario interventor interpreta que se dió de hecho una compra-venta de palabra, ya que el promotor D. Miguel Bellod Tardío, pagó una cantidad por importe de 11.719 € en concepto de venta de solar.
Como dicha venta carece de procedimiento administrativo, decreto, acuerdos, licitación, etc. es por lo que el secretario-interventor dictamina que dicha venta se anule.
Y así se hace en pleno, con la aprobación de los concejales del PSOE y del PA y el voto en contra del PP. El promotor, Miguel Bellod, recurre dicha anulación al Juzgado de lo contencioso-administrativo y este juzgado da la razón al ayuntamiento ratificando que dicho contrato (supuestamente) verbal es nulo de pleno derecho.
Y así se hace en pleno, con la aprobación de los concejales del PSOE y del PA y el voto en contra del PP. El promotor, Miguel Bellod, recurre dicha anulación al Juzgado de lo contencioso-administrativo y este juzgado da la razón al ayuntamiento ratificando que dicho contrato (supuestamente) verbal es nulo de pleno derecho.
En ese trámite, el MAGISTRADO estima que esa compra reviste características de ilegalidad, ya que no hay ningún procedimiento administrativo, no ha habido licitación, ni publicación, el promotor sin embargo entregó una cantidad de dinero por el solar, dispuso de él e incluso construyó. Está claro que existen indicios más que suficientes de hechos que revisten el carácter de delito.
La tarea de la fiscalía consistirá en ese caso en abrir diligencias para verificar y concretar en qué momentos se dan los hechos delictivos y quienes son los sujetos que los cometen.
COPIA DE LA ÚNICA CLÁUSULA DEL CONVENIO QUE FIRMA EL ALCALDE, JUAN NIETO, EN EL AÑO 2002 CON MIGUEL BELLOD. Se podrá observar que no hay precio y si no hay precio no hay venta y que el ayuntamiento se compromete SÓLO a "impulsar el expediente administrativo para enajenar a D. Miguel Bellod la parcela descrita anteriormente". Como no hay expediente administrativo ni precio de venta del suelo de la parcela....pues no hay VENTA ni por la vía de los hechos ni por vía legal.
Está claro de que si el promotor entrega un dinero por el solar y el ayuntamiento se lo acepta, en ese momento se está produciendo por la vía de los hechos una operación de compra-venta. Eso sí, sin procedimiento legal ninguno y de forma totalmente irregular.
1.-Pues es ahí en ese momento, donde se comete el primer acto ilícito. Se comete por parte del alcalde, Antonio Olid en ese momento, que acepta esa cantidad, no se la devuelve al promotor pagador y acepta que se asiente dicho ingreso en la contabilidad municipal con el concepto de "enajenación de solar".
COPIAS DE Cheque de pago y documento de asiento contable:
EN MARZO DEL 2005.
2.-El otro acto ilícito se da cuando se le permite construir en suelo no urbanizable una nave sin ningún tipo de licencia urbanística. Lo cometen el promotor que la construye y el alcalde y el concejal de urbanismo que lo permiten.
3.-El siguiente acto delictivo, y no es el último, se da cuando se inicia la actividad de producción de quesos sin la correspondiente licencia de actividad. También en ese caso, tanto el alcalde como el concejal de urbanismo son responsables directos por omisión.
Finalmente, es evidente que la denuncia la plantea Miguel Bellod contra el alcalde actual (Juan Nieto) porque es él el que ha decretado la ANULACIÒN de la compra-venta en marzo del año 2013.
Pero una vez que la fiscalía abra diligencias para averiguar cómo, cuando y quienes intervinieron para que el ayuntamiento permitiese con su omisión una venta ilegal de un solar del que no es propietario, entonces LA FISCALÍA tendrá que analizar en qué momentos se produce el desembolso de la cantidad de compra, cuando se procede a la construcción de la nave y a la puesta en actividad, etc. Y todo eso ocurre estando como alcalde, Antonio Olid y como concejal de urbanismo, Antonio David.
De todas formas el tiempo por sí solo y los hechos demostrarán y darán la razón o no a esta interpretación.
COPIA DEL ACTA del SEPRONA en el que figura el candidato a la alcaldía, pedro Ramírez, en la fábrica de quesos en el momento del levantamiento del acta de infracción.
COPIA DEL ACTA del Pleno en el que los concejales del PA y PP aprueban la construcción de una nave en suelo no urbanizable con el informe en contra del secretario y los votos en contra de los concejales del PSOE.
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