En el pleno celebrado el pasado 25 de marzo del
2015, se aprobó una moción andalucista con los 5 votos del PSOE y los 3 del PA y la ausencia del concejal del PP, consistente en la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto
sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
Este Impuesto conocido
popularmente como la PLUSVALÍA se aprobó por primera vez en la historia de esta
localidad en el Pleno de la Corporación celebrado el 3 de noviembre del año 2004 con los votos en contra de los concejales del PSOE y los votos a favor de
los concejales del PP y del PA, los cuales gobernaban mediante pacto que
quitaría de la alcaldía a Juan Nieto, aunque fue la lista más votada.
Dicho impuesto se ha venido
aplicando hasta ahora con unos gravámenes muy altos debido también al
incremento de los valores catastrales como consecuencia de la actualización de
dichos valores en el año 2008.
Las quejas de los vecinos ante lo
disparatado y abultado de las cuantías que
han tenido que pagar por motivo de las herencias y otras transmisiones
ha llevado al ayuntamiento, sustancialmente a los concejales del PSOE, sin
cuyos votos no hubiera podido aprobarse, ya que son los que tienen actualmente
la mayoría absoluta, a aprobar la moción andalucista que instaba a la
modificación.
Las modificaciones de la
ordenanza fiscal que regula la plusvalía en Zahara quedaría de la siguiente
forma:
-A Aquellos vecinos que obtengan
una propiedad resultante de una herencia se le aplicará una bonificación del
25% a la cuota resultante a pagar.
-El porcentaje anual a aplicar
desde que se adquiere el bien inmueble objeto de gravamen hasta que se transmite se reduce de la siguiente forma:
-Periodo de uno hasta cinco años
pasaría del 3,5% al 3%.
-Periodo de uno hasta 10 años
pasaría del 3,2% al 2,75%.
-Periodo de uno hasta 15 años del
3,1% al 2,5%.
-Periodo de 1 hasta 20 años del
3% al 2%.
Se establece un único tipo de
gravamen aplicable para todos los periodos, pasando del 26% actual al 20%.
Con esta modificación de la
ordenanza fiscal, la Corporación en
Pleno ha querido sintonizar con la preocupación y pesadumbre de la ciudadanía,
haciendo mucho menos gravoso este tipo
de transmisiones inmobiliarias, mucho más en los casos en los que el que se
veía gravado de forma pasiva resultaba ser un familiar que de forma
involuntaria se veía obligado a tener que desembolsar una “desmesurada” cantidad
por el simple hecho de ser sujeto pasivo de una herencia familiar.
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