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miércoles, 13 de mayo de 2015

EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE ZAHARA ACUERDA MODIFICAR A LA BAJA EL IMPUESTO DE LA PLUSVALÍA

En el  pleno celebrado el pasado 25 de marzo del 2015, se aprobó una moción andalucista con los 5 votos del PSOE y los 3 del PA y la ausencia del concejal del PP, consistente en la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

Este Impuesto conocido popularmente como la PLUSVALÍA se aprobó por primera vez en la historia de esta localidad en el Pleno de la Corporación celebrado el  3 de noviembre del año 2004 con los votos en contra de los concejales del PSOE y  los votos a favor de los concejales del PP y del PA, los cuales gobernaban mediante pacto que quitaría de la alcaldía a Juan Nieto, aunque fue la lista más votada.

Dicho impuesto se ha venido aplicando hasta ahora con unos gravámenes muy altos debido también al incremento de los valores catastrales como consecuencia de la actualización de dichos valores en el año 2008.

Las quejas de los vecinos ante lo disparatado y abultado de las cuantías que  han tenido que pagar por motivo de las herencias y otras transmisiones ha llevado al ayuntamiento, sustancialmente a los concejales del PSOE, sin cuyos votos no hubiera podido aprobarse, ya que son los que tienen actualmente la mayoría absoluta, a aprobar la moción andalucista que instaba a la modificación.

Las modificaciones de la ordenanza fiscal que regula la plusvalía en Zahara quedaría de la siguiente forma:

-A Aquellos vecinos que obtengan una propiedad resultante de una herencia se le aplicará una bonificación del 25% a la cuota resultante a pagar.

-El porcentaje anual a aplicar desde que se adquiere el bien inmueble objeto de gravamen hasta que  se transmite se reduce de la siguiente forma:

-Periodo de uno hasta cinco años pasaría del 3,5% al 3%.
-Periodo de uno hasta 10 años pasaría del 3,2% al 2,75%.
-Periodo de uno hasta 15 años del 3,1% al 2,5%.
-Periodo de 1 hasta 20 años del 3% al 2%.

Se establece un único tipo de gravamen aplicable para todos los periodos, pasando del 26% actual al 20%.


Con esta modificación de la ordenanza fiscal,  la Corporación en Pleno ha querido sintonizar con la preocupación y pesadumbre de la ciudadanía, haciendo mucho menos gravoso  este tipo de transmisiones inmobiliarias, mucho más en los casos en los que el que se veía gravado de forma pasiva resultaba ser un familiar que de forma involuntaria se veía obligado a tener que desembolsar una “desmesurada” cantidad por el simple hecho de ser sujeto pasivo de una herencia familiar.

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