La Diputación Provincial ha puesto en marcha un Plan de Empleo Urgente y Extraordinario, para todos los ayuntamiento, mediante el cual se pretende la contratación de trabajadoras y trabajadores en situación de desempleo, para la ejecución de actuaciones urgentes, necesarias y de interés local.
Los procedimientos de selección para la contratación de todo el personal necesario incluido en dicho Plan de Empleo, deberán garantizar los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, exigiéndose que tengan condición de desempleados.
Las personas beneficiarias deberán de ser desempleadas y estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Andaluz de Empleo y tendrán la consideración de desempleados de larga duración.
La selección se realizará mediante oferta genérica al Servicio Andaluz de Empleo, dirigida a personas desempleadas de larga duración, con la solicitud del doble de candidatos por puesto a contratar.
Una vez preseleccionados estos, serán los Servicios Sociales Municipales quienes a través de los criterios de prioridad establecidos procederán a la selección definitiva. Los Servicios Sociales elaborarán un acta de la selección.
Criterios de Prioridad:
Tendrán prioridad absoluta los miembros de una misma unidad familiar o de convivencia, con menores a cargo en la que todos sus miembros se encuentren en desempleo y sin ingresos procedentes de prestaciones, rentas o pensiones y atendiendo al nivel de ingresos en reparto per cápita.
La única limitación prevista a dicha prioridad es que no podrán ser beneficiarios del Plan más de una persona por unidad familiar.
Una vez discriminado el supuesto anterior,se
tendrán en cuenta los siguientes criterios por orden de
prioridad:
1. La situación
socio-económica de los trabajadores y trabajadoras y de sus familias.
2. La no percepción de
prestaciones ni subsidios por desempleo.
3. Los requisitos de
cualificación, titulación, edad o cualesquiera otros establecidos por la entidad local.
Exclusiones: No podrán ser
contratados con cargo a este Plan de Activación profesional más de una persona
por unidad familiar.
Condiciones:
− Los contratos tendrán una
duración máxima de 2 meses a jornada completa o a tiempo parcial y se
formalizarán por cualquiera de las modalidades previstas en la legislación laboral vigente.
− La jornada laboral tendrá
una duración mínima de 35 horas semanales para los contratos a jornada completa.
− Las personas beneficiarias
percibirán un salario no inferior a 1,5 veces la del salario mínimo inter-profesional (SMI)
vigente en la anualidad, ni superior al doble del mismo.
− La cuantía subvencionable en
los contratos a tiempo parcial formalizados, será proporcional a las horas de trabajo
efectivo realizadas en relación con la jornada a tiempo completo.
Tanto la duración, como la modalidad y la especialidad de las contrataciones estarán en relación con el número de demandantes de desempleados de larga duración y con la materia o el tipo de obra o de actuación a ejecutar.
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